Deyvi Timoteo Peguero, el juez del Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, ordenó la reposición de plazo a la defensa técnica de los implicados en el caso Anti Pulpo, por tiempo de 25 días, y fijó la audiencia del juicio preliminar para el 4 de abril.
Asimismo, el tribunal fijó para el 21 de febrero, a las 9:00 de la mañana, la revisión obligatoria de la medida de coerción a todos los implicados que guardan prisión preventiva y arresto domiciliario.
El juez dispuso que la reposición del plazo comience a partir de la notificación de la resolución, al tiempo que ordenó citar a las personas físicas y jurídicas que no comparecieron a la audiencia.
También el magistrado otorgó un plazo de tres días al ministerio público, para que aporte las direcciones donde esas personas puedan ser localizadas, y rechazó la solicitud de reposición de plazo planteado por la parte querellante constituido en actor civil, es decir el Estado dominicano.
En su resolución, el tribunal ordenó solicitar a la Defensoría Pública la asignación de un defensor público para que asista, en su medio de defensa, al imputado Carlos José Alarcón Veras, así como las grosas del proceso penal.
Tiempo y el juicio
Respecto a la audiencia preliminar, el juez dijo que se otorgaba tiempo suficiente, para que cuando transcurran los 25 días los abogados que representan al Estado dominicano depositen el escrito de querella y puedan ser notificados a los imputados.
Dijo que después del 4 abril, todos los lunes, a las 9;00 de la mañana, se conocerán audiencias preliminar hasta que termine el proceso, es decir 11, 18, 25 de abril, 2 de mayo, 16 de mayo, 30 de mayo, y si luego se requieren más audiencias, se elaborará otro calendario.
Durante la audiencia a las pruebas, los abogados de los acusados dijeron no haber recibido la acusación, o no la recibieron, por lo que solicitaron al tribunal la reposición de plazo.
De su lado, el titular de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), Wilson Camacho, sostuvo que el Ministerio Público no se oponía al plazo solicitado por la defensa de los encartados en el entramado de corrupción que abarca el periodo 2012-2020.
“El Ministerio Público no se opone a que este tribunal otorgue a las defensas un plazo razonable de 25 días para revisar y analizar la acusación... a nosotros no nos interesa ni en este ni en ningún otro proceso que la defensa no tenga la oportunidad de ser efectiva. A nosotros nos interesa que lo sea y que la verdad que se construya sea una verdad sustentada sobre el debido proceso”, adujo el magistrado.
También María Isabel de los Milagros Torres, José Miguel Genao Torres, Pachristy Emmanuel Ramírez Pacheco, Antonio Florentino Méndez, Lina Ercilia de la Cruz Vargas, Rigoberto Alcántara Batista, Víctor Matías Encarnación Montero, Carlos Martín Montes de Oca, Rafael Leónidas de Oleo, Libni Arodi Valenzuela Matos, Paola Mercedes Molina Suazo, Francisco Ramón Brea Morel (a) Johnny y Lewyn Ariel Castillo Robles.
Una persona jurídica es todo ente susceptible de adquirir derechos y contraer obligaciones, para cumplir con su objeto y con los fines para los cuales fue creado. Una entidad con personalidad jurídica formada por varias personas físicas se denomina persona jurídica o moral.
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