El voto salvado provino del magistrado Lino Vásquez Sámuel, según la sentencia íntegra TC/0402/23, que fue publicada en el sitio web de la corte el 28 de junio. Si bien el juez está de acuerdo con el razonamiento detrás de la mayoría de la decisión, considera que el tribunal debió emitir una sentencia exhortatoria que le hubiera dado al Congreso Nacional un tiempo razonable para reformar y adecuar las disposiciones del Código de Trabajo relacionadas con el trabajo doméstico.
“Y para que dispusiera -agrega- que los efectos de la contratación de trabajadoras del hogar al amparo de la referida resolución no queden en un limbo legal ni queden totalmente inhabilitados por causa de nulidad con efectos inmediatos durante dicho período de vigencia de la decretada inconstitucionalidad”.
La decisión, dice, "permea e irradia su eficacia", a pesar de que antes de la sentencia había pocos contratos de trabajo doméstico registrados en el Ministerio del Trabajo. ".
La resolución del Ministerio del Trabajo de agosto de 2022, que por primera vez reguló el trabajo doméstico en el país al establecer contratos, jornadas, salarios, vacaciones e ingresos a la Seguridad Social, entre otros puntos que venían siendo demandas gremiales desde hace mucho tiempo, fue impugnada por Luis Vilchez Bournigal en una acción de constitucionalidad que la Corte Constitucional aceptó en diciembre de 2022.
Sin embargo, el tribunal declaró que esa resolución "no se ajusta a la Constitución", a pesar de que ya estaba en vigor y apoyó un registro continuo de trabajadores para efectos del Seguro Social. ".
La resolución en cuestión “establece condiciones para la regulación de aspectos como la jornada laboral, las vacaciones, las formas de pago y el contrato, así como normas especiales para el trabajo doméstico”, según Vásquez Sámuel en su voto guardado. Cree que el recurso decidido por la Corte Constitucional "tendrá un impacto inmediato en las condiciones".
Según datos recabados por el Banco Central de República Dominicana, al primer trimestre de 2023 había 239,718 empleos en el sector del servicio doméstico en la nación. El 95 por ciento de este total son trabajadores informales que no son elegibles para el Seguro Social. El 92% de los trabajadores domésticos en ese momento eran mujeres.
El Ministerio del Trabajo manifestó que esperaría hasta que el dispositivo de la sentencia haya sido publicado en su totalidad antes de estudiarlo y dar a conocer su posición. Así lo afirmó a principios de junio. Sin embargo, aún no se ha revelado.
Aunque está actualizado hasta la fecha de la sentencia del 28 de junio en la web de la Tesorería de la Seguridad Social, donde se publica un recuento estadístico de las trabajadoras del hogar que han dado de alta para su formalización. Sólo había 765 trabajadores registrados en el tiempo, y 571 de ellos tenían contratos que estaban terminados.
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